miércoles, 20 de marzo de 2013

(V): de la “normalización radical por inmersión lingüística”.


· El menú de la “normalización lingüística flexible, racional y razonable”, que presentamos en nuestra última entrega, no sació el hambre ni satisfizo las expectativas y las previsiones de los nacionalistas de CiU, en el poder, en Cataluña, desde el principio de la Transición. En efecto, como dijimos, para los nacionalistas de derechas, de centro o de izquierdas, el ritmo de la normalización fue considerado demasiado lento y, además, los resultados no fueron los esperados.

 · Por eso, se impuso la receta del “café para todos”, contenida en los decretos de bilingüismo (1992), modificados, actualizados y consolidados con tres textos legales, de rango superior y de la máxima importancia: la Ley de Política Lingüística (1998), el nuevo Estatuto de Cataluña (2006) y la Ley de Educación Catalana (2009). Esta fórmula del “café para todos” provocó un cambio radical de paradigma metodológico: de la “normalización lingüística flexible” (triunfo de las tesis de Rosa Sensat), pensada en función de los padres y alumnos, se pasó a la “normalización radical por inmersión lingüística” para todos (victoria de las tesis de Ominum Cultural), adoptada en función de los intereses y las urgencias de los políticos nacionalistas y no para satisfacer las necesidades de los padres y de los alumnos.  Así, como ha escrito certeramente X. Pericay, “la Administración autonómica compensaba a fuerza de ley y de decreto lo que la realidad imponía, por hache o por be, con su propia lógica”.

· Esta normalización radical por inmersión representa una discriminación en toda regla del español en el sistema educativo de Cataluña. En 1992, en efecto, con los Decretos de bilingüismo, de la mentira según la cual la lengua propia de Cataluña es el catalán, se dedujo que el catalán es la única “lengua vehicular” de la enseñaza no universitaria. Ahora bien, esto implicaba la eliminación de toda enseñanza en español, ya muy minoritaria en 1992. Sin embrago, se reconoce que se respetarán los derechos lingüísticos individuales de los alumnos que, en realidad, al no ser respetados, provocaron protestas, manifestaciones, denuncias, etc. por parte de los padres de los alumnos cuya lengua propia era el español.

· En 1998, con la Ley de Política Lingüística, se reitera la mentira según la cual el catalán es la lengua propia de Cataluña; y, por lo tanto, es la lengua vehicular y de aprendizaje en la enseñanza no universitaria. Además, se vuelve a reconocer que los alumnos tienen derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua habitual, sea ésta el catalán o el español, pero los padres no pueden indicarlo al haber sido suprimida la casilla  correspondiente, en los impresos de inscripción. Este derecho se sustancia, para los alumnos hispanohablantes, en la fórmula de la “atención individualizada”, como sucedáneo a la enseñanza en español o a una enseñanza bilingüe. Esta alternativa provocó nuevas protestas, manifestaciones, debates mediáticos, reclamaciones y denuncias ante el Defensor del Pueblo, y demandas judiciales. Sin embargo, con esta ley se consolida la privación del estatus de lengua vehicular para el español, al tiempo que se convierte en una asignatura más y con menos dedicación horaria (2h.) que la lengua extranjera (3h.).

· En 2006, el nuevo Estatuto de Autonomía recoge y reitera todo lo conseguido en materia lingüística (cf. ut supra), al tiempo que hace aportaciones nuevas para preparar y fundamentar futuros desarrollos legales y nuevas exigencias e imposiciones lingüísticas. Así, por ejemplo, los ciudadanos de Cataluña tienen no sólo el derecho sino también, por primera vez,  el deber de conocer el catalán; y, por lo tanto, el derecho a recibir la enseñanza sólo en catalán y no en español. A pesar de esto, al final de la escolaridad, los alumnos tienen también el derecho y el deber de conocer, con suficiencia oral y escrita, el catalán y el español. Para ello, el catalán y el español deben tener una presencia adecuada en los planes de estudio; y se debe prever un “apoyo lingüístico especial”, si no se consigue con normalidad la enseñanza en catalán.

· Ante estas previsiones estatutarias, surgen muchas preguntas: ¿Cómo compaginarlas con el derecho a no ser discriminado por razones lingüísticas, si los alumnos hispanohablantes lo son? ¿Por qué, en otros ámbitos, existe el “derecho de opción lingüística”, pero no en el ámbito de la enseñanza no universitaria? Si existe una “competencia compartida” entre la Generalitat y el MEC, en materia de enseñanza, ¿por qué la oposición enconada  de la Generalitat a la 3ª hora de castellano? ¿Cómo conseguir un nivel de competencia adecuado en español, al final de la enseñanza, si la dedicación horario del español es inferior a la de la lengua extranjera y si ha perdido el estatus de lengua vehicular de la enseñanza?

· En 2009, la Ley de Educación Catalana (LEC) desarrolla las previsiones estatutarias (cf. ut supra) y ofrece una síntesis acumulativa de las discriminaciones contra el español. Ahora bien, se añaden otras nuevas y se consolidan las viejas.

· Por un lado, la Generalitat se arroga el derecho exclusivo de determinar el “currículo de la enseñanza de las lenguas”, en contradicción con la legislación de ámbito estatal; esto ha provocado la discriminación positiva del catalán y la marginación del español. Por otro lado, se prevé que, al final de la ESO (16 años), los alumnos deben tener el “pleno dominio” de las dos lenguas oficiales (catalán y español); ahora bien, como hemos verbalizado ut supra, ¿Cómo conseguir esto en español, si éste ha sido eliminado como lengua vehicular y si su horario ha sido reducido a sólo 2h. semanales? Se continúa hablando de “atención individualizada” para los alumnos que tienen el español como lengua propia; sin embargo, se deja de hablar de que los niños tengan derecho a recibir la primera enseñanza en su lengua habitual; discriminación al canto de los niños hispanohablantes. Se discrimina también positivamente la lengua extranjera, al atribuirle carácter de lengua vehicular y al dotarla de 3h. semanales de clase; estatus y horario que se niegan al español. Por lo que respecta a la formación continua del profesorado de catalán, la Generalitat debe actualizar sus competencias lingüísticas y proporcionar las herramientas didácticas que faciliten la enseñanza del y en catalán; del reciclaje de los profesores del español no se habla, lo que constituye una nueva discriminación. Al referirse al “proyecto lingüístico de centro”, la LEC se refiere al catalán como lengua vehicular y de aprendizaje, a la enseñanza de y en lengua extrajera y sólo a la enseñanza-aprendizaje del español; aquí, también se discrimina al español. En la LEC, se utiliza, por primera vez, la expresión “programas de inmersión lingüística” —aunque se venían aplicando desde 1992, referidos sólo al catalán— programas a los que deben estar subordinados los horarios para asegurar su éxito; de nuevo, una flagrante discriminación del español. A pesar de que todo debe ser realizado en catalán (enseñanza-aprendizaje y gestión de los centros), en la LEC se recoge que las “lenguas no oficiales” pueden ser también utilizadas en las comunicaciones de acogida de los recién llegados; esto implica una nueva discriminación del español, lengua oficial de los recién llegados de otras regiones de España.  Una nueva discriminación del español se sustancia cuando la LEC habla de los acuerdos de colaboración entre los centros escolares y el entorno para conseguir coherencia y continuidad  entre la enseñanza y el uso del catalán.  Finalmente y sin ánimo de ser exhaustivo, en bachillerato, se atribuye a la lengua extranjera el carácter de lengua vehicular para algunas materias no lingüísticas, mientas que el español queda reducido a una simple asignatura de 2h. semanales. De discriminación a discriminación y tiro porque me toca.

· Para materializar los preceptos de los textos legales precitados, que preconizan una “inmersión precoz, total y obligatoria”, los responsables de la política educativa y lingüística de Cataluña importaron, sin la preventiva y salutífera cuarentena, sólo uno de los programas canadienses de inmersión: la “inmersión precoz y total”. Ahora bien, los responsables políticos y sus cooperadores necesarios, los asesores técnicos, no se han dado cuenta o, más bien, no han querido ver que las condiciones de Quebec y de Cataluña son totalmente diferentes e incluso, podríamos decir, antagónicas. Por eso, podemos aseverar que, en Cataluña, se han desvirtuado dichos programas y se han utilizado con fines políticos y no pedagógicos, ni altruistas. Ahora bien, esto será objeto de nuestra próxima contribución.

Coda: « Je ne demande pas à être approuvé, mais à être examiné et, si l’on me condamne, qu’on m’éclaire » (Ch. Nodier).

© Manuel I. Cabezas González
Publicado en La Voz de Barcelona y Bottup.
22 de enero de 2013

miércoles, 13 de marzo de 2013

CASTA POLÍTICA “DELENDA EST”


 

· Según Plutarco (cf. Vidas paralelas), la expresión “Cartago delenda est” (“Carthago debe ser destruida”), que he tomado prestada para titular este texto, es atribuida a Catón el Viejo. Este senador romano  la utilizaba siempre, como un mantra, al final de todos sus discursos en el Senado romano, durante los años que precedieron a la tercera y última Guerra Púnica (149 a. C.-146 a. C.), que provocó la destrucción definitiva del peligro que representaba, para Roma, la poderosa ciudad de Cartago. Y este punto de vista de Catón era suscrito también por buena parte de los ciudadanos romanos.

· Con lo que está cayendo, la cita de Catón el Viejo les viene como anillo al dedo a los miembros y “miembras”, como diría la ínclita Bibiana Aído, de la casta política española: de viejo o de nuevo cuño; de derecha, de centro o de izquierda. En efecto, como Cartago, por muchas y variadas razones, la casta política española “delenda est” también. Este veredicto se lo ha ganado a pulso y es, además, un clamor popular, según los últimos barómetros del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS): los políticos son el segundo problema más grave e importante para los españoles. Como dicen los catalanes catalanoparlantes, anem per feine.
· Para llegar al poder, los miembros de la casta política española prometen la luna y todo aquello que halague los oídos de los ciudadanos. Pero, una vez llegados al poder, sufren una metamorfosis y padecen una amnesia que les hace olvidar todo aquello que prometieron. Como muestra, un botón reciente: después del 20N de 2011, el PP vive en una contradicción permanente, haciendo lo contario de lo ofrecido y prometido a los electores. Y lo mismo podría decirse de los electos municipales y autonómicos de todos los partidos políticos. El poder bien vale una mentira o las que haga falta. Los de la casta política son mentirosos y caraduras; han perdido toda credibilidad; y han empezado a recibir la penitencia de la que habló Aristóteles: El castigo del embustero es no ser creído, aunque diga la verdad”. Y, aunque sólo fuera por esto, la casta política hispana delenda est”.

· Para controlar el poder y permanecer en él “sine die”, los de la casta política electa de todos los niveles y de todos los partidos se rodean de un ejército de personas de confianza, compuesto de familiares, amigos y compañeros de partido, a los que hay que dar pesebre y cubil. Esto constituye un ejemplo claro de nepotismo y un ejemplo de cordón sanitario, que les permite asegurarse el control del poder y la permanencia en él, así como el disfrute de las prebendas del mismo, para sí y para los suyos. Son sectarios, egoístas y digitales (por lo de los nombramientos a dedo). Y, aunque sólo fuera por esto o también por esto, la casta política hispana delenda est”.

· Además del ejército de personas de confianza, los de la casta política —sin músculo intelectual, indocumentados e incompetentes— se rodean igualmente de una legión de asesores fieles, tan incompetentes e indocumentados como ellos. Suelen ser también amigos, familiares o conmilitones del partido a los que se les dan unas canonjías suculentas. Esto y el nepotismo del que acabo de hablar dejan mano sobre mano a los competentes funcionarios, que superaron unas oposiciones, convocadas en función de las necesidades de la administración de la “res publica”. Son indocumentados, partidistas e incompetentes; además, han salido del todo a cien de los partidos. Y, aunque sólo fuera por esto o también por esto, la casta política hispana “delenda est”.

· Por otro lado, en la conquista, en el ejercicio y en el disfrute del poder, los de la casta política han prostituido la democracia española, desnaturalizando este sistema de gobierno y transformando a España en una auténtica “Granja Orwelliana”. En efecto, y esto vale para todos los partidos, la separación de  poderes no es una realidad por estos pagos. Aquí, hace ya muchos años que Alfonso Guerra certificó la muerte de Mostesquieu y dio un aviso para navegantes: el que se mueva no sale en la foto. De aquellos polvos, estos lodos: la casta política ha colonizados todos los resortes del poder y monopoliza los tres poderes (el legislativo, el ejecutivo y el judicial). Y no piensa en servir a la ciudadanía sino en servirse del poder en beneficio propio, de sus familiares, amigos y compañeros de partido. Por eso, los ciudadanos estamos mayoritariamente, no en contra de la democracia, sino en contra del funcionamiento de este sucedáneo de democracia. Las hemerotecas están ahí para ratificarlo. Los de la casta política han sido los asesinos y los enterradores de la misma. Y, aunque sólo fuera por esto o también por esto, la casta política hispana “delenda est”.

· En esta democracia a la española, el despilfarro, la corrupción y el latrocinio son las señas de identidad de la casta política; constituyen la moneda de curso legal que la casta ha puesto en circulación. Estos tres atentados contra la democracia son fenómenos transversales y generalizados, afectan a todos los partidos, que actúan como verdaderas familias mafiosas, que van escribiendo una enorme enciclopedia Espasa, a la que van añadiendo, cada día, nuevos volúmenes de fechorías. Se sienten impunes y actúan en consecuencia. Y cuando son cogidos con las manos en la masa, se defienden como gato panza arriba, dilatando los procesos, apelando a instancias superiores para seguir dilatándolos y para ser absueltos por esos jueces que la casta política ha aupado y nombrado. Y si, por casualidad, son condenados, ahí está el gobierno de turno para indultarlos y enmendar la plana a los tribunales que se atreven a impartir justicia: hoy, por mí; mañana, por ti. Y la casa sin barrer. Como escribió, hace unas semanas, Ernesto Sáenz de Buruaga, “estamos rodeados de ladrones. Unos nos roban el dinero, otros los sueños, muchos las ilusiones, todos la esperanza. […] La corrupción tiene nombres y apellidos. Nos están robando el futuro. No son líderes, sólo ladrones”. Y, aunque sólo fuera por esto o también por esto, la casta política hispana “delenda est”.

· Por todas estas razones, contundentes y de peso (y no he querido ser exhaustivo), la casta política ha despilfarrado los recursos públicos, poniendo en peligro nuestro Estado del Bienestar, ha erosionado los derechos de los ciudadanos y ha prostituido todo aquello que ha  tocado: la economía, la política, la educación, la cultura, la convivencia, etc. Por todo ello, hay que repetir, una y mil veces, como lo haría hoy Catón el Viejo: la casta política hispana "delenda est”. Y no sólo esto. Los ciudadanos debemos también pasar de las palabras a los actos para desalojar de sus poltronas a los de la casta política gobernante, responsable de todos nuestros males. O, mejor aún, como ha declarado recientemente Alberto Vázquez de Figueroa al ser preguntado sobre las soluciones posibles, no se saca nada con meterlos en la cárcel. A muchos de ellos habría que fusilarlos o ahorcarlos en la plaza pública”, y no precisamente, puntualizaba, en sentido figurado. O, como ha propuesto Ernesto Sáenz de Buruaga, “es el momento de ir a por ellos antes de que ellos vengan a por nosotros”. O, como propondría hoy Catón el Viejo, la casta política hispana “delenda est”.

© Manuel I. Cabezas González
Publicado en Diálogo Libre, La Crónica de Guadalajara, Cerdanyola.info, Tot Cerdanyola y Bierzo7.
1 de marzo de 2013

martes, 5 de marzo de 2013

(IV): de la “normalización flexible, racional y razonable del sistema educativo de Cataluña”


· Como hemos apuntado ya, en la normalización lingüística del sistema educativo de Cataluña, se pueden distinguir claramente dos etapas: la primera puede y debe ser tildada de “normalización flexible, racional y razonable”; la segunda, sin embargo, debe ser calificada de “radical”. Hoy nos ocuparemos sólo de la primera.

· Esta primera etapa fue propiciada por una serie de textos legislativos, que se escalonan entre 1975 y 1992 y que se fundamentan en la Constitución de 1978 y el Estatuto de Autonomía de 1979. En esta primera etapa, se pueden diferenciar claramente dos fases.

· Primera fase (1975-1982): enseñanza obligatoria del catalán y experimental en catalán. En 1975, se autoriza, con carácter experimental y como materia voluntaria, la enseñanza del catalán. En 1978, dos nuevas disposiciones regularon la incorporación efectiva y obligatoria de la enseñanza del catalán, en los niveles no universitarios, a razón de 3h. semanales. Esta incorporación implicó, en BUP, una reducción del horario del español y de otras asignaturas. Por otro lado, existió la posibilidad de impartir “programas sólo en lengua catalana o castellana”, previa autorización  de la Comisión mixta (MEC-Generalitat), en función de la lengua materna de los alumnos, de la elección de los padres y de los medios disponibles. Además, se precisa que había que acoger a los niños en su lengua materna (catalán o castellano). En esta fase no se habla todavía de “normalización”, sino del “proceso de incorporación de la lengua y cultura catalanas al sistema de enseñanza de Cataluña”.

· Segunda fase (1982-1992): enseñanza obligatoria del catalán y en catalán. Con tres nuevas disposiciones, en las que se habla, impropiamente y por primera vez, de “normalización” lingüística, se pretende profundizarla e intensificarla, siguiendo el camino trazado en la fase anterior. En efecto, se pretende implantar y generalizar la enseñanza  del y en catalán y español, en todos los niveles educativos no universitarios. Sin embargo, se precisa que los primeros aprendizajes deben ser asegurados mediante la enseñanza  en la lengua habitual (propia) de los niños, ya sea ésta el catalán o el español; esto constituye un derecho que la Administración debe garantizar y que los padres pueden ejercer. Con esta política lingüística se intentaba conseguir que los escolares llegasen a ser capaces de utilizar normal y correctamente las dos lenguas oficiales (bilingüismo equilibrado). Ahora bien, ya se aprecia claramente una discriminación positiva del catalán para que se convierta en la única lengua vehicular en la enseñanza.

· En la etapa “pre-normalizadora” (años 60 y 70) y en esta primera etapa normalizadota (1975-1992), triunfaron las tesis coincidentes de Rosa Sensat y de Miquel Siguán: triunfaron la razón, el sentido común, la equidad, los principios pedagógicos y psicolingüísticos, así como el respeto de los derechos lingüísticos de los alumnos y de los padres, sobre los criterios de naturaleza política y nacionalista, defendidos por Omnium Cultural. Por este motivo, durante todo este periodo, se aplicó una política de normalización lingüística flexible, racional y razonable. Con ella se intentó dar satisfacción a las demandas de los padres, adecuar el ritmo y la intensidad de la normalización a los distintos tipos de alumnos, siguiendo los dictados y aportaciones de las Ciencias de la Educación, así como tratar de alcanzar progresivamente un bilingüismo equilibrado, castellano/catalán.

· Ahora bien, este triunfo no fue el resultado de una reflexión sosegada y profunda, por parte de los responsables de la política lingüística, sobre el peso, el valor y la pertinencia de los principios y argumentos psicopedagógicos de Rosa Sensat. Esta elección fue, más bien, el resultado de la coyuntura del momento. En efecto, en esta primera fase, los responsables políticos tuvieron que ser prudentes con el ritmo y extensión inicial de la mal llamada “normalización del catalán”, por una serie de motivos: por un lado, no había que provocar el rechazo, la resistencia y las protestas de los ciudadanos de Cataluña; por otro lado, no había profesorado  suficiente y bien formado para asegurar la enseñanza masiva del y en catalán; en fin, tampoco estaban listos y disponibles los libros de texto y el material didáctico para llevarla a cabo.

· En 1992, estas deficiencias habían sido ya subsanadas gracias a la creación de departamentos de Filología Catalana en todas las universidades de Cataluña, a las Escuelas de Formación de Maestros y a un gran esfuerzo editorial (material didáctico y libros de texto). Por otro lado, los resultados de esta primera normalización no satisfizo ni las expectativas ni las previsiones de los responsables de la misma. En efecto, para los nacionalistas de derechas, de centro o de izquierda, el ritmo de la normalización había sido demasiado lento y los resultados no habían sido los esperados. Y esto era muy grave, ya que ponía en entredicho la “construcción nacional”, que se cimenta y que encuentra su justificación en la lengua propia de una parte minoritaria de la ciudadanía catalana; lengua que ha sido, es y será, para los nacionalistas, no sólo el punto de apoyo sino también la palanca con la que pretenden remover, destruir y rehacer el mapa territorial de la Península Ibérica.

· Por todo ello, en 1992, el Gobierno de la Generalitat de CiU  —apoyado por la oposición de ERC, ICV-EUiA y PSC— cambió totalmente de estrategia: abandonó la “normalización flexible, racional y razonable” (tesis de Rosa Sensat y Miquel Siguán) y adoptó y empezó a aplicar una “normalización radical” (tesis de Omnium Cultural), la llamada “inmersión lingüística precoz, total y obligatoria”, de la nos ocuparemos en la próxima entrega.

Coda: « Je ne demande pas à être approuvé, mais à être examiné et, si l’on me condamne, qu’on m’éclaire » (Ch. Nodier).

© Manuel I. Cabezas González
Publicado en La Voz de Barcelona, Bottup y eldebat.cat.
22 de enero de 2013