Manuel
Jiménez de Parga (1929-2014)
• Todavía la ciudadanía española no había
empezado a mostrar su hartazgo y su desprecio hacia la casta política corrupta
y cleptómana; todavía la ciudadanía no había acampado en los espacios públicos
de toda España, dando lugar al Movimiento
del 15M (2012), para reivindicar una democracia más participativa y una
auténtica división de poderes; todavía el Movimiento del 15M no se había
organizado en Podemos, el partido
liderado por Pablo Iglesias, que fue
presentado en sociedad en 2014. Ahora bien, algunos años antes de todo esto (el
2 de julio de 2008), en una conferencia pronunciada en el Colegio de Abogados
de Barcelona, el profesor y ex-magistrado del TC, Manuel Jiménez de Parga, vaticinó con su verbo profético el
cataclismo que se va a producir en la vida política española, en los próximos meses,
como consecuencia del desprestigio, de la incompetencia y de la prostitución de
la casta política española. Por eso, hoy, casi siete años después, voy a sintetizar el contenido de su lúcida conferencia,
que versó sobre un tema de rabiosa actualidad y de una trascendencia capital
para la higiene, la salud y la regeneración de la vida política española: “El presidencialismo encubierto o la
transformación de un régimen político”.
• El profesor M. Jiménez de Parga
empezó su disertación citando varios artículos de la Constitución Española
vigente, según los cuales nuestro régimen político es un régimen parlamentario
(art. 1.3. “La forma política del Estado
español es la Monarquía parlamentaria”; art. 66.2. “Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado,
aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás
competencias que les atribuye la Constitución”; art. 101.1. “El Gobierno cesa tras la celebración de las
elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria
previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”).
Según estos preceptos, el poder reside en las Cortes Generales, de las que se
derivan el Gobierno y las demás instituciones.
• Ahora bien, a pesar de los
preceptos citados y de las previsiones constitucionales, en la práctica,
nuestro régimen político es más bien presidencialista: el poder tiene su
sede en el Presidente del Gobierno, que hace y deshace e impone al Parlamento
sus decisiones, y no en la sede parlamentaria. Esta transformación de nuestro
régimen político no es un fenómeno exclusivo y característico de España. Se
trata, más bien, de una metamorfosis generalizada en muchos países. Para
explicar esta transformación (pasar de un “régimen
parlamentario” a uno presidencialista),
el profesor Jiménez de Parga aportó dos argumentos contundentes y convincentes.
• En primer lugar, citó el “tipo
de partidos políticos” que existen en España. A lo largo de la historia
ha habido diferentes tipos: partidos de
notables, partidos de masas y partidos de electores. Sin embargo, en
nuestro país, lo que existen hoy son “partidos
de empleados”: partidos formados por afiliados que están a sueldo de la
organización o que han conseguido o van a conseguir un puesto de trabajo, fruto
de la conquista del poder (local, autonómico o nacional) por parte de los
diferentes partidos en liza. Esto hace que los militantes y los elegidos en las
diferentes contiendas electorales estén domesticados y sean sumisos a los
dictados del jefe del partido o del Gobierno. M. Jiménez de Parga contrapuso los políticos de hace 30 años (personas
que se ganaban la vida en actividades profesionales privadas, fuera y alejadas
de la política) a la mayor parte de los
políticos actuales de España (personas que no tienen oficio reconocido y
que nunca se han ganado la vida fuera de la política; es decir, personas cuya
biografía profesional se reduce a la vida en el partido). Y fue esta clase o
casta política actual la que favoreció y propició el paso del régimen parlamentario al régimen presidencial.
• El otro argumento que milita a
favor del presidencialismo es el “sistema electoral” imperante en
nuestro país. Según el profesor M. Jiménez de Parga, nuestro sistema electoral
se caracteriza por tres rasgos fundamentales.
• Por un lado, el Real Decreto-ley de 1977, que reguló las
primeras elecciones, pero que tenía carácter transitorio y que pretendía
reducir la “sopa de letras” de los
excesivos partidos políticos, favoreció a los “partidos mayoritarios”. Cuando se votó la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de 19 de Junio de 1985,
lo que en un principio se dijo “que sería
provisional” (para salir del paso) se consolidó y, por eso, hoy tenemos dos
grandes partidos nacionales, que se reparten el uso-disfrute del poder. Este statu quo, que no favorece la
representación de las minorías, no ha sido puesto en tela de juicio por ningún de
los dos partidos mayoritarios (PSOE y PP), a pesar de la desafección de una parte
cada vez más importante del electorado ante el bipartidismo imperante.
• Otro rasgo definitorio de nuestro
sistema electoral son las “listas cerradas y bloqueadas”, elaboradas por la
cúpula de los partidos para que los candidatos fieles y sumisos al “jefe”, pero no los más preparados, puedan
ganarse la vida. De ahí el nivel de preparación y de formación deficiente de la
mayor parte de los componentes de los distintos Parlamentos (tanto del nacional
como de los autonómicos). Ante este estado de cosas, el Profesor M. Jiménez de
Parga se preguntó si las “listas abiertas”
podrían ser la solución. Para él, esta alternativa no siempre ha dado los
resultados deseados y esperados. Por eso, él preconizaba la solución adoptada
por el sistema electoral alemán, que funciona positivamente: los votantes utilizan
dos papeletas (una con una lista cerrada y la otra abierta).
• Finalmente, el último rasgo
distintivo de nuestro sistema electoral se refiere a los “gastos excesivos” de las numerosas campañas en España. A los
partidos les faltan medios económicos y estos gastos hay que pagarlos y alguien tiene que hacerlo.
Y los que los han sufragado (los poderes económicos: bancos y empresas varias)
pasan después religiosamente la factura, lo que distorsiona y perjudica el
funcionamiento democrático tanto de los partidos como de los Parlamentos y de
los Gobiernos. El profesor M. Jiménez de Parga ilustró esta dependencia de los
poderes económicos con una anécdota de su etapa de ministro de uno de los
Gobiernos de UCD (se tomaron ciertas medidas a favor de las compañías
eléctricas para resarcirlas por las ayudas recibidas para financiar la campaña
electoral de UCD).
• A pesar de los efectos indeseables
del funcionamiento y del papel de los partidos políticos, el profesor Jiménez
de Parga no estaba contra los partidos políticos sino contra estos
partidos políticos, que gobiernan en beneficio propio y en beneficio de la
casta política (“Hoy, por mí; mañana por ti”, reza el refrán). Ahora bien, para
el visionario M. Jiménez de Parga, un mundo nuevo estaba surgiendo gracias al
desarrollo tecnológico: teléfonos móviles, Internet, periódicos digitales,
medios de desplazamiento espacial cada vez más rápidos, más cómodos y más
baratos. Y, según él, los problemas políticos, consecuencia de un “presidencialismo encubierto” y de un “bipartidismo autista”, podrían tener
solución si se hace un buen uso de estos nuevos medios modernos.
• Este mundo nuevo está ya aquí. Y Podemos, despacio pero sin pausa, y en
muy poco tiempo, ha sabido utilizarlos y ha conseguido crear la “masa crítica”
(cf. la “teoría del mono número cien”),
que va a poner patas arriba el panorama político español. De nada servirán las
campañas de desprestigio de sus líderes por parte de ciertos medios de
comunicación “apesebrados” y de los “todólogos” de servicio. La ciudadanía
está harta, no aguanta más y lo que ha hecho desbordar el vaso de la paciencia
no es una última gota de agua sino una lágrima más. “Alea iacta est” para la casta política.
© Manuel I. Cabezas González
2 de marzo de 2015
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